Por: María Cristina Londoño Rubio
 

La cartera del sector trabajo prorroga el régimen especial de pensión anticipada de vejez que se aplica a las actividades de alto riesgo definidas en el Decreto 2090 de 2003, como una medida transitoria y que complementa la resolución 6072 del 26 de diciembre de 2024 que determinó mantener las cotizaciones por actividades de alto riesgo.

El Decreto 1435 de 2025 se sustenta en el carácter progresivo de los derechos laborales y de la seguridad social, en la necesidad de compensación del esfuerzo a los trabajadores dedicados a las actividades de alto riesgo y la ausencia de regulación legislativa que genera un vacío normativo.

Una vez la Corte Constitucional analizó la extensión del régimen realizada por el Decreto 2655 de 2014, a través de la sentencia C-651 de 2015, e indicó que el régimen especial de pensión de vejez por actividades de alto riesgo tiene un “término de vigencia complejo”, en razón a que la vigencia prevista originalmente hasta el 31 de diciembre de 2014 pudo ser extendida hasta el 31 de diciembre de 2024, únicamente ante el cumplimiento de las siguientes condiciones: i) Que el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales conceptuó sobre la necesidad de ampliar el plazo debido a la persistencia de las actividades que por su alto riesgo continuaban impactando en la expectativa de vida saludable de los trabajadores; y, ii) La emisión del Decreto indicando la extensión del término inicial que ratifica el concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.

Ahora, diez años después, el Ministerio de Trabajo extiende de manera excepcional la vigencia del régimen especial por 12 meses contados desde el 24 de diciembre de 2025, entre tanto el Consejo Nacional de Riesgos Laborales emite la recomendación técnica sobre la actualización del régimen y el legislador expide la regulación que en derecho corresponde.