Por Alfredo Ospina
El Decreto 0993 de 2026 debe leerse diferenciando las reglas nuevas de aquellas que desarrollan obligaciones ya existentes. Así, salario, prestaciones sociales, seguridad social, jornada, descansos, vacaciones ya contaban con sustento normativo; incluso la Ley 2466 de 2025 había establecido el contrato escrito para el trabajo doméstico. El decreto refuerza, principalmente, la formalización y trazabilidad: precisa el contenido mínimo del contrato y ordena registrar el contrato y las novedades de trabajo suplementario en el Registro Único de Trabajadores del Trabajo Doméstico que deberá habilitarse para estos fines. En materia individual, por tanto, su aporte está más en hacer verificables obligaciones existentes que en crear un nuevo catálogo de derechos (arts. 2.2.9.10.1.3 a 2.2.9.10.2.6).
Se crea el Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales, pero todavía requiere desarrollo administrativo. El decreto permite que el incentivo cubra total o parcialmente la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales; sin embargo, el Ministerio del Trabajo deberá definir mediante acto administrativo la población beneficiaria, los criterios de focalización, el procedimiento de acceso, el monto, la modalidad, la periodicidad y la duración, mientras que el número de beneficiarios dependerá de la disponibilidad presupuestal. Por ello, todavía no puede afirmarse quién recibirá el beneficio ni cuál será su cuantía. Al mismo tiempo, la norma desarrolla con mayor detalle la SST en el hogar, mediante riesgos específicos, medidas preventivas, elementos de protección y reglas sobre accidentes, y fortalece la prevención y atención de la violencia, discriminación y acoso (arts. 2.2.9.10.2.7 a 2.2.9.10.4.6).
Los desarrollos más relevantes se advierten en derecho colectivo e inspección laboral. El decreto establece mecanismos específicos de diálogo social tripartito, negociación colectiva sectorial, asistencia técnica y organización de empleadores y personas trabajadoras. También adapta la inspección a la particularidad de que el lugar de trabajo coincide con un domicilio privado: regula las condiciones de ingreso, la inspección desde el exterior del domicilio, la solicitud de documentos, los acuerdos de formalización, las inspecciones conjuntas en situaciones graves, el manual de autoinspección y el informe de seguimiento anual del sector. En conjunto, la reglamentación busca hacer más efectivos y fiscalizables derechos ya reconocidos, con especial énfasis en SST, protección frente a las violencias, derechos colectivos e inspección laboral (arts. 2.2.9.10.5.1 a 2.2.9.10.6.9).
Referencia de la Fuente: Ministerio del Trabajo. Decreto 0993 de 2026.

