Por: Norman Wladimir Diaz Vargas

El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 1843 de 2025 que reglamenta la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, el contenido y custodia de las historias clínicas laborales y las condiciones que deben cumplirse para proteger la salud de los trabajadores. La norma establece que los empleadores y contratantes deberán garantizar la práctica oportuna de estos exámenes, asumir los costos asociados e implementar las recomendaciones médicas en un plazo máximo de 20 días calendario y abstenerse de solicitar pruebas de embarazo o VIH, salvo en casos excepcionales justificados.


Además de los exámenes de ingreso, periódicos y de egreso, se establecen evaluaciones obligatorias en situaciones específicas como la reincorporación después de una incapacidad superior a 30 días o cambios en la ocupación o reubicación laboral. Todos estos exámenes deben ser realizados por médicos con licencia vigente en salud ocupacional y contar con el consentimiento informado del trabajador. Es importante recordar que estos procedimientos no deben utilizarse como mecanismos de discriminación. Asimismo, las historias clínicas deben mantenerse bajo estricta confidencialidad. Esta norma que entró en vigencia desde el 29 de abril de 2025 también aplica a aprendices, contratistas y socios de cooperativas; los responsables tienen un plazo de 6 meses para cumplir con lo dispuesto en ella.

Resolución 1843 de 2025 Ministerio del Trabajo