Por David Guerrero Caldas
El pasado cinco (5) de marzo de 2026, el Ministerio del Trabajo expidió una de las reglamentaciones más esperadas desde la promulgación de la reforma laboral. Se trata de la modificación a los capítulos reglamentarios de las prácticas laborales y los mecanismos de contratación de estudiantes para la realización de estas. Dentro del documento ministerial se pueden observar varias exclusiones a la aplicación del nuevo decreto, dentro de las que encontramos las prácticas relacionadas con el sector de la salud, la docencia y la judicatura.
Los cambios más relevantes, que se pueden extraer del citado Decreto, en relación con los aprendices en etapa lectiva, son la obligación que recae sobre la empresa patrocinadora quien en la fase lectiva deberá proveer al estudiante de elementos de protección personal y una inducción completa e información permanente para la prevención de los riesgos a los que se encuentra expuesto. Adicionalmente, se impone a la compañía que patrocine al estudiante el deber de reportar el accidente de trabajo, pese a que el mismo decreto declara la inexistencia del vínculo laboral.
De otro lado, se puede observar la creación no solo de jornadas especiales de trabajo según la edad del aprendiz, sino que también el Decreto establece nuevas causales de suspensión del vínculo jurídico, dentro de las que encontramos, la licencia de maternidad o paternidad, las vacaciones colectivas, entre otras. Igualmente, la nueva normativa permite terminar el contrato sin justa causa sin importar la etapa en la que se encuentre el aprendiz, no obstante, queda la empresa patrocinadora obligada a reconocer y pagar la indemnización descrita en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, aun ante la ausencia de vínculo laboral con el aprendiz en la etapa lectiva.
En conclusión, el Decreto posee una serie de puntos que merecen ser revisados con detenimiento, y, otros que expresa se reglamentaran en periodos de tres a seis meses posteriores a su publicación. Estas situaciones obligan al sector empresarial y legal a mantenerse actualizados y a la espera de los nuevos cambios que se avecinan para el derecho del trabajo.

