Por: Carlos Ernesto Molina M.

El nuevo Código Procesal del Trabajo (L. 2452/25), crea una nueva modalidad de casación, al lado de la «clásica» casación dispositiva (promovida esta última exclusivamente por las partes mediante el recurso extraordinario de casación). Se trata de la «casación por selección oficiosa», que podrá hacer discrecionalmente la Sala de Casación Laboral de la CSJ. Es una «casación pura» -que se instaura por primera vez en Colombia- y que es diferente a las «casaciones de oficio» actualmente existentes.

La nueva forma de casación busca solamente «unificar la jurisprudencia, controlar la legalidad de los fallos y proteger los derechos constitucionales», pero no “reparar los agravios inferidos a las partes”, de lo cual se derivan diferencias importantes con respecto a la casación dispositiva o «clásica». Con todo, el nuevo código presenta algunos vacíos sobre esta nueva figura procesal, que aquí el autor comenta.

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