Por: Iván Quintero Martínez y Juan Salvador Vargas
La reciente entrada en vigencia del artículo 14 de la reforma laboral permite que empleadores y trabajadores pacten libremente un día de descanso semanal distinto al domingo. Esta disposición actualiza el concepto de “día de descanso obligatorio” e incluye tanto domingos como festivos, en línea con normativas internacionales y precedentes legales colombianos. A pesar de críticas infundadas, esta medida favorece la flexibilidad laboral, adaptabilidad y competitividad, siendo plenamente válida siempre que exista acuerdo entre las partes.