Por: Adriana Martinez Piedrahita

En la reciente Sentencia, la Corte Constitucional estudió el caso de un funcionario de entidad pública que, diagnosticado con trastornos mentales, solicitó ajustes en su carga laboral basados en recomendaciones médicas. La Sala se refirió al derecho al trabajo en condiciones dignas y justas, analizó el caso concreto argumentando que, el derecho fundamental al trabajo digno conlleva la obligación del empleador de identificar, prevenir y atender los riesgos psicosociales en el entorno laboral, protegiendo la integridad y salud mental del trabajador frente a factores cruciales como la sobrecarga de trabajo, las prolongadas jornadas laborales, el acoso laboral, el estrés en el trabajo, entre otras.


Así, al no valorar y efectuar ajustes a la carga laboral del actor conforme a las recomendaciones médicas y a su situación de salud, desconoció sus derechos fundamentales a la salud mental y al trabajo digno por lo que tuteló sus derechos y ordenó a la accionada que, valore y concrete los ajustes pertinentes a la carga laboral del accionante de manera que se cumplan las recomendaciones laborales de su caso, desde un enfoque integral, asegurando la participación activa del tutelante así como dispuso la realización de todas las acciones de monitoreo y seguimiento que correspondan a su especial situación, con posterioridad a la implementación de los referidos ajustes.

T-115/25 Corte Constitucional de Colombia